técnico para la unidad de saneamiento básico para la seremi de salud ñuble
hace 5 días
Institución
Ministerio de Salud / Subsecretaría de Salud Pública / SEREMI de Salud Región del Ñuble
Convocatoria
TÉCNICO PARA LA UNIDAD DE SANEAMIENTO BÁSICO PARA LA SEREMI DE SALUD ÑUBLE
Nº de Vacantes
1
Área de Trabajo
Administración
Región
Región de Ñuble
Ciudad
Chillán
Tipo de Vacante
Contrata
Postulaciones a esta convocatoria
2
Última a las 11:46:03 del
¿Qué documentos necesito para postular?
Copia Cédula de Identidad
Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Certificado Situación militar al día (*)
- CV Formato Libre (Propio)
Simbología:
Tengo el documento requerido
No tengo el documento requerido
Postular a la Convocatoria
- Renta Bruta
Condiciones
- Renta acorde al estamento técnico Grado 15 de la EUS de la Ley 18.834
- La renta bruta expresada incluye: Decreto Ley N°3.501, Asignación sustitutiva Art. 18 Ley N°19.185, Art. 3 Ley N° y Art 10 Ley N°18.675.
- Adicionalmente el grado está sujeto a las bonificaciones del artículo N°4 y Artículo N° 5 de la Ley N°19.940, previo cumplimiento a requisitos normativos de estos.
- Se hace presente que las contratas duran como máximo, hasta el 31 de diciembre de cada año y las personas que los sirvan expiran en sus funciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórroga con, a lo menos, treinta días de anticipación.
- No obstante, lo anterior, la contratación considera un periodo de prueba de tres meses contados desde la fecha de ingreso o hasta el 31 de diciembre, lo que ocurriese primero, y dentro de los treinta días anteriores al término de este plazo, deberá efectuarse por parte del Jefe Superior del Servicio, previo informe del Jefe Directo, una evaluación del desempeño del funcionario para proceder, si corresponde, dar continuidad a la contrata. Si el resultado de la evaluación del desempeño fuere deciente, el funcionario cesará de pleno derecho en el empleo a prueba que estuviere ejerciendo. Los cargos a contrata regidos por el Estatuto Administrativo (Ley , son transitorios y tendrán una duración máxima hasta el 31 de diciembre de cada año.
Objetivo del cargo
Fiscalizar las materias de Saneamiento Básico, velando por el cumplimiento de la normativa legal vigente, acorde con las metas sanitarias y las que el Ministerio de Salud determine.
Funciones del Cargo
Formalizar, fiscalizar y vigilar las empresas sanitarias, servicios de agua potable rural (APR) y sistemas particulares, de agua potable y alcantarillado, sistemas de tratamiento y disposición final de las aguas servidas generadas a nivel industrial, rural y particular.
- Fiscalizar y formalizar establecimientos de atención comunitaria tales como establecimientos educacionales, hospedaje, recreacionales, cementerios y establecimientos de uso público.
- Mantener la vigilancia sobre cuerpos de agua usados con fines recreacionales con contacto directo
- Otras funciones encomendadas por la jefatura.
Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
Poseer título de Técnico en construcción, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste
Especialización y/o Capacitación
Desable
Estauto Administrativo
Normativa de las materias de saneamiento basico
codigo sanitario y leyes complementarias
Experiencia sector público / sector privado
Se valorará contar con al menos 3 años de experiencia en instituciones de salud pública o privada, en funciones como tecnico en unidad de saneamiento basico.
Competencias
- Compromiso Institucional: Apoyar de forma activa el logro de objetivos y metas comunes de la institución, identificando el impacto y consecuencias de su trabajo en los objetivos del Ministerio de Salud.
- Flexibilidad: Capacidad de adaptarse a los cambios organizacionales, o distintos escenarios, información y nuevas metodologías de trabajo, para dar cumplimiento a las funciones y objetivos planteados para el desempeño de su cargo, con un enfoque de mejora continua.
- Orientación a la Eficiencia: Lograr los resultados esperados haciendo un uso racional de los recursos disponibles. Implica el cuidado de los recursos públicos, materiales y no materiales, buscando minimizar los errores y pérdidas innecesarias.
- Buen Trato: Realizar el trabajo con cordialidad hacia los usuarios tanto internos como externos, procurando lograr empatía con las necesidades de las personas.
- Trabajo en Equipo: Trabajar con otras personas de manera colaborativa, ya sea con los integrantes del equipo al que pertenece como aquellas relacionadas con las funciones de su trabajo.
- Comunicación efectiva: Capacidad para transmitir eficazmente ideas, conocimientos y sentimientos, a través del lenguaje oral o escrito, ajustándose a la situación y a las características del interlocutor o la interlocutora y cuidando aspectos formales de oratoria, ortografía y redacción. También implica capacidad de escucha activa; entender, interpretar y evaluar los mensajes recibidos, pudiendo replicar, compartir o generar información certera.
- Manejo de conflictos: Capacidad de enfrentar y resolver eficazmente situaciones de conflictos entre personas, áreas o grupos de trabajo, asumiendo una actitud conciliadora y de respecto, contribuyendo a la obtención de acuerdos compartidos. Implica la capacidad de crear soluciones estratégicas, oportunas y adecuadas al marco institucional público.
- Proactividad e Innovación: capacidad de anticiparse a problemas y proyectar soluciones o propuestas que optimicen la gestión institucional. Implica la capacidad de adaptarse a distintos escenarios, tareas y personas, siendo proactivo y propositivo frente a los cambios.
- Relación con el entorno y articulación de redes: Es capaz de analizar estratégica y visionariamente con quién construir y mantener relaciones de colaboración a fin de optimizar resultados interinstitucionales y desarrollarse competitivamente. Incluye la disposición y habilidad para relacionarse y coordinarse efectiva y proactivamente con el entorno institucional, generando coordinaciones fluidas, efectivas y oportunas que permiten agregar valor a la gestión del trabajo.
- Planificación: Habilidad de diseñar, programar y organizar el trabajo para alcanzar los objetivos propuestos, de manera eficiente y eficaz.
Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el , según Ley
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
- Requisitos Específicos
PLANTA DE TÉCNICOS
Grados 12 al 15:
Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como técnico de nivel superior no inferior a dos años de tecnico en construccion (excluyente)
Etapas de Selección
La evaluación de los factores se llevará a cabo de forma independiente y sucesiva cada una, para determinar si los postulantes avanzan a la siguiente fase respectiva. Los factores se evaluarán de acuerdo al orden y ponderación que para cada caso se indica, siendo sumativos los puntajes obtenidos en cada etapa.
El proceso de selección completa un total de cuatro fases para determinar un número de postulantes idóneos, de acuerdo a los puntajes obtenidos, el cual será presentado a la autoridad correspondiente, siendo ésta la responsable de determinar quién será la persona seleccionada para el cargo.
Si en las etapas se produjeran empates en puntajes, se utilizará como criterio de desempate en primer lugar la experiencia laboral atingente al área del cargo requerido del candidato. Es decir, si dos o más personas obtienen un mismo puntaje, se priorizarán a los y las postulantes que posean mayor tiempo de experiencia laboral en áreas similares a las de la vacante.
En segundo lugar, si el criterio señalado no logrará dirimir el empate, se procederá a validar de acuerdo al puntaje obtenido en ítem de capacitación atingente al cargo requerido, en caso de que aquello no logrará dirimir, se procederá a contabilizar las horas de cursos de capacitación específica requerida.
Las personas que no asistan a alguna citación realizada para las distintas etapas, y que no comuniquen de manera previa a dicha citación la justificación o excusas correspondientes, quedarán inmediatamente fuera del proceso.
ADMISIBILIDAD
En esta instancia, se validarán que los títulos Técnicos presentados hayan sido otorgados por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste. Este es un requisito excluyente.
Será facultad de la Comisión de Selección en el desestimar la postulación de las y los candidatos que no cumplieran con los requisitos obligatorios solicitados.
PRIMERA FASE: EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES CURRICULARES Y EXPERIENCIA LABORAL
Para aprobar esta fase, los y las postulantes serán calificados con el puntaje que se otorgue a la experiencia laboral sumado a las capacitaciones.
En cuanto a la experiencia laboral requerida, se otorgará el máximo de puntaje a quienes puedan certificar oficialmente la experiencia de tres (3) años o más de desempeño desde la fecha de obtención del título, lo cual será evaluado con una escala decreciente donde el puntaje medio será asignado a los candidatos que presenten antecedentes que acrediten entre menos de tres (3) años y más de un (1) año de experiencia.
En menor nivel, con puntaje en orden descendente se asignará a quien presente menos de un (1) año o sin experiencia ( la certificación de contar con experiencia específica al cargo).
Todo certificado de experiencia que se presente deberá tener una antigüedad no superior a 1 año desde la fecha de publicación de este llamado y debe ser claramente legible tanto en fecha y nombre de la institución que lo otorgó, con sus respectivas firmas y timbres, siendo ello verificado por la Comisión Evaluadora. Requisitos de antigüedad, firmas y timbres son excluyentes.
Sólo se consideran los certificados que indiquen claramente la fecha de inicio y término de la relación laboral. Cada año de experiencia se contará corrido doce (12) meses desde la fecha presentada como inicio de la relación laboral, hasta el término indicado, considerando para este cálculo la fecha de obtención del respectivo título presentado.
La no presentación de documentos que acrediten experiencia laboral o si éstos no indican la fecha de inicio y término de la relación laboral, otorgará un puntaje igual a cero (0) puntos.
En cuanto a las capacitaciones se considerarán aquellas deseables más arriba mencionadas, realizadas en los últimos 3 años, se otorgará un (1) punto por cada curso igual o superior a 8 horas académicas, con puntaje máximo de cinco (5) puntos.
Todo certificado de capacitación se debe presentar con el certificado emitido por alguna entidad especializada, siendo como requisito mínimo un timbre, estampilla, código de barra, o QR. No se validarán cursos realizados que sean tan solo declarados en el Curriculum Vitae.
La no presentación de documentos que validen capacitaciones otorgará un puntaje igual a 0 (cero).
Como resultado de esta fase, se seleccionará para la siguiente fase a los que hayan obtenido un puntaje mínimo de 20 puntos.
SEGUNDA FASE: PRUEBA TÉCNICA
Se evaluará a los(as) postulantes seleccionados(as) en la etapa anterior, aplicándoles un instrumento estandarizado que pueda medir los conocimientos generales del área, provista por el Departamento Acción Sanitaria de la SEREMI de Salud de Ñuble. La aplicación de este instrumento será necesariamente de manera presencial, sin excepciones.
De acuerdo con los resultados obtenidos, se utilizará una escala de 1.0 a 7.0, siendo la nota 5.5 la calificación mínima para continuar en el proceso de selección.
TERCERA FASE: EVALUACIÓN PSICO-LABORAL
En esta fase, se evaluará la adecuación de los/las candidatos que conforman la nómina seleccionada en la fase anterior, respecto del nivel de competencias, adecuación psico laboral y compromiso con la función pública requerida para la ocupación del cargo.
La evaluación se podrá llevar a cabo a través de dos maneras, a través de evaluación remota o de manera presencial en la Región y ciudad donde se debe cubrir la vacante, por tanto, se considerará que los /las postulantes al cargo, al presentar sus antecedentes al proceso, se encuentran en conocimiento de este punto y asumiendo los gastos de traslado y tiempo que impliquen las citaciones presenciales y remotas a esta fase de evaluación en caso de no residir en la zona.
Para la evaluación de esta fase, se requiere de un/a profesional Psicólogo/a que no ocupe ningún otro rol dentro del presente proceso de reclutamiento y selección.
Los resultados obtenidos por los candidatos/as según esta evaluación son; Recomendable (20 puntos), Recomendable con Observaciones (10 puntos) y No Recomendable (0 puntos).
Solo las personas evaluadas como Recomendables o Recomendables con observaciones pueden pasar a la siguiente fase.
CUARTA FASE: ENTREVISTA DE VALORACIÓN GLOBAL Y DEFINICIÓN DE LA TERNA
La fase de valoración global consiste en la realización de una entrevista efectuada por la Comisión de Selección, la cual evaluará las aptitudes generales para el cargo. Estas aptitudes comprenden competencias, capacidades, formación sistémica e idoneidad, establecidas como conveniente y aconsejable, de acuerdo con las exigencias del cargo al que se postula y del ejercicio de las funciones que tendrá asignadas.
Esta fase tendrá puntajes que van desde 0 a 25 puntos.
Cada uno de los/las integrantes de la Comisión evaluadora calificará a cada postulante asignando una nota entre 1,0 y 7,0, cuyo promedio total asignará un puntaje entre 0 y 25 puntos. Dicha equivalencia en puntos fue descrita anteriormente. El puntaje mínimo de aprobación es de 10 Puntos.
Finalmente, los tres mejores puntajes conformarán la terna que pase a la definición por parte de la Secretaría Regional Ministerial de Salud.
Ante la imposibilidad de conformar una terna, se presentará la dupla, y a falta de ésta, al o la postulante como idóneo/a para ocupar el cargo.
ETAPA DE DEFINICIÓN Y NOMBRAMIENTO
La Sra. Secretaria Regional Ministerial de Salud tendrá la facultad de seleccionar a la persona que ocupará el cargo. Luego de tomada la decisión, se enviarán los antecedentes a Gestión de Personas para su posterior contratación.
Esta etapa quedará sujeta al cumplimiento de requisitos legales establecidos para la contratación de acuerdo a la ley de la planta de la Subsecretaría de Salud Pública establecidos en el DFL N°05, de 2004, del Ministerio de Salud, que fija la planta de personal y establece requisitos de ingreso y promoción.
NOTA: Las fechas definidas podrán sufrir modificaciones por causas imprevistas, debiendo informarse a los postulantes a través de correo electrónico
NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS Y CIERRE DE PROCESO
La Unidad de Gestión de Personas informará al o la candidato/a seleccionado/a, quién deberá manifestar su aceptación del cargo en un plazo máximo de tres (3) días hábiles Si el/la postulante/a seleccionado/a no responde dentro del plazo establecido, se considerará por rechazado el ofrecimiento.
El proceso se resolverá a más tardar el 28 de enero de 2026.
Los/as postulantes que, fundamentadamente, formulen reparos al proceso, tendrán derecho a reclamar ante la Contraloría General de la República, en los términos que establece el artículo 160 del Estatuto Administrativo.
CONFORMACIÓN COMISIÓN DE SELECCIÓN
El desarrollo del proceso de selección estará a cargo de una Comisión de Selección, conformada por:
- Jefatura de Gabinete o quien lo subrogue o designe según corresponda
- Jefatura del Departamento o Unidad del cargo a cubrir o quien lo subrogue o designe, según corresponda.
- Jefatura del Departamento de Jurídico o quien lo subrogue o designe, según corresponda.
- Un(a) representante de la asociación de funcionario con derecho a voz y voto. La Asociación de funcionarios con mayor representatividad legalmente constituidas en Ñuble, a saber, AFAS
- Encargada Unidad de Gestión y Desarrollo de Personas, o quien subrogue o se designe, según corresponda, quien actuará como Secretaría del mencionado Comité con derecho a voz y voto
PROCEDIMIENTO PARA EL NOMBRAMIENTO Y VIGENCIA
El nombramiento entrará en vigencia una vez que el acto administrativo correspondiente se encuentre totalmente tramitado en la Contraloría General de la República, sin perjuicio de que, de acuerdo a las necesidades del servicio, el/la postulante seleccionado/a asuma el cargo en fecha anterior a la total tramitación del acto administrativo que así lo disponga, conforme lo determine la Subsecretaría de Salud Pública.
Documentos Requeridos para Postular
Copia Cédula de Identidad
Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Certificado Situación militar al día (*)
- CV Formato Libre (Propio)
Declaraciones Juradas
Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/19.653)
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA INGRESAR A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
Yo, , Cédula de Identidad N° , declaro bajo juramento, lo siguiente:
1.- Que, tengo salud compatible con el cargo al cual postulo, conforme a lo dispuesto en el literal c), del artículo 12, de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.
2.- Que, no he cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años, conforme a lo dispuesto en el literal e), del artículo 12, de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.
3.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna inhabilidad temporal o permanente para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni me encuentro condenado/a por crimen o simple delito, conforme a lo dispuesto en el literal f), del artículo 12, de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.
4.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna de las inhabilidades señaladas en el artículo 54, del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Fecha:
Suscribo la presente declaración jurada simple, en mi calidad de postulante en el contexto de los procesos de concurso o selección efectuados por intermedio de la plataforma del Portal de Empleos Públicos del Servicio Civil – a los cuales se accede mediante ClaveÚnica o personal, por lo que su validez o equivalencia es plenamente vigente acorde a la ley N° Ley 19799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Preguntas al Postulante
Las respuestas no pueden ser modificadas tras la postulación a esta convocatoria
La información entregada se considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección, por lo que sus respuestas deben ser verídicas, ya que la institución responsable de la convocatoria, se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada.
Mensaje de advertencia
Recuerde iniciar sesión de usuario para ver formulario de preguntas al postulante.
Iniciar Sesión
Calendarización del Proceso
Etapa
Fechas
Postulación
Difusión y Plazo de Postulación en
12/01/2026-16/01/2026
Evaluación
Proceso de Evaluación y Selección del Postulante
19/01/2026-23/01/2026
Finalización
Finalización del Proceso
26/01/2026-28/01/2026
El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 16/01/2026
Correo de Contacto:
Condiciones Generales
las personas interesadas en postular deberán hacerlo únicamente a través del Portal de Empleos Públicos, para lo cual deberán registrarse previamente como usuarios de éste y completar el Curriculum Vitae del Portal (en el menú MI CV, en VER CV) y adjuntar los documentos solicitados en Documentos Requeridos para postular.
Dichos documentos deben ser adjuntados/actualizados para poder postular:
- Copia Cédula de Identidad
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Certificado Situación militar al día (*)
- Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/ Contrata, Suplencia)
Los documentos antes señalados se deben ingresar en el mismo Portal de Empleos Públicos, en la opción "Adjuntar Archivos", donde deberá adjuntar cada uno de los documentos que se exige sean presentados al momento de formalizar su postulación al cargo, con lo cual, quedarán con un ticket.
Si el postulante no adjunta los documentos requeridos, el sistema no le habilitará la opción de postular, quedando imposibilitado de aplicar a la convocatoria.
A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personas interesadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados Los/as postulantes son responsables de la completitud y veracidad de la información que presentan.
Las/os postulantes que no adjunten los antecedentes requeridos quedarán fuera del proceso.
El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiéndose por éstos aquellos/as candidatos/as que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos/as los/as postulantes que se presenten en este proceso de selección.
No se recibirán postulaciones mediante otra vía que no sea el Portal de Empleos Públicos (correo electrónico, Oficina de Partes, etc.)
Por restricciones presupuestarias la persona que postula debe acreditar el mismo estamento profesional ofrecido y requerido en el perfil de cargo, excluyéndose así personas que posean un título profesional diferente al solicitada para el empleo.
En virtud de dar cumplimiento a la ley N° que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan.
La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
La metodología de evaluación puede estar sujeta a cambios.
Los plazos estipulados pueden estar sujetos a modificaciones.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N° que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
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