COORDINADOR (A) UNIDAD DE IMAGENOLOGÍA, HOSPITAL DE CAUQUENES. RES. 1575 del 14.09.2026
Guarda esta oferta y sigue tu búsqueda
Crea una cuenta gratis para guardar empleos, crear alertas y volver a esta oferta desde tu panel.
* Todo tipo de vacantes internas y externas, 21 días de TVL, 30 dividido en rupturas y la posición de obra es 100% idoneidad para participar en la ronda de selección.
Requisitos de Cumplimiento Normativo en Salud - Documentación Obligatoria para el Cargo:
- Registro de esquema completo de vacunación Hepatitis B o Resultado de examen de anticuerpos para virus Hepatitis B.
- Certificado de Título (no diploma) o Certificado de Inscripción en la Superintendencia de Salud.
- Autorización de desempeño en instalaciones radiactivas vigentes (Seremi Salud).
REQUISITOS LEGALES
i) Título Profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a un año, en el sector público o privado; o,
ii) Título Profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a dos años, en el sector público o privado.
*Se hace presente que en el caso que se requiera, el postulante seleccionado/a deberá acreditar la cantidad de semestres.
Calendarización del Proceso
Postulación
Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl 14/09/2026-21/09/2026
Proceso de Evaluación y Selección del Postulante 22/09/2026-15/10/2026
Finalización del Proceso 16/10/2026-16/10/2026
El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 21/09/2026
Correo de Contacto: reclutamientohcauquenes@ssmaule.cl
Condiciones Generales
- Toda documentación que se acredite como falsa ya sea en el proceso de selección como de contratación deberá contener la sanción en cuanto a la falsedad de los mismos, contemplado en el artículo 210 del código penal.
- Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informar oportunamente en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos/as los/as postulantes que se presenten en este proceso de selección.
- Cabe destacar que la evaluación psico-laboral podrá ser presencial y sólo pudiera ser de manera online si él o la postulante acredita su domicilio de residencia a más de 300 km de la ciudad de Cauquenes (dicha acreditación debe realizarla a través de un Certificado de Residencia, otorgado por los organismos competentes).
- El informe psico-laboral tendrá una vigencia de 1 año para cargos vacantes, y se validará para cargos y funciones de similar naturaleza siempre y cuando la metodología de evaluación y el/la evaluador/a sea el mismo al que se sometió en primera instancia.
- La/el postulante es responsable de completar todos los campos solicitados en el Portal de Empleos Públicos con información verídica y actualizada, ya que los primeros procesamientos de datos de las/os postulantes se realizan a través de planilla Excel que arroja automáticamente el sistema del Portal. Por lo que, si algún/a postulante deja campos en blanco, y no avanza en alguna de las etapas, será de su exclusiva responsabilidad.
- Es exclusiva responsabilidad de cada postulante adjuntar los documentos en calidad legible, con la resolución adecuada, y que guarde relación con los verificadores explicitados en las Pautas del proceso, por lo que no se revisarán ni se asignará puntaje a documentos ilegibles, que no cumplan con la información solicitada y con la calidad o resolución óptima, sin optar al envío por otros medios que no sean el oficial mencionado en la publicación.
- El proceso de selección será declarado desierto, si no hay postulantes que cumplan los requisitos mínimos para avanzar de una etapa a otra, o si al momento de realizar la nómina de elegibles, las/os candidatas/os no cumplen con el puntaje mínimo de idoneidad, el cual corresponde a 67 puntos, para ser presentado en la nómina.
- De igual manera, la/el Directora/or del Hospital, podrá declarar desierto un proceso de selección por única vez, si considera que las/los nominadas/os no cumplen a cabalidad con el perfil y requerimientos de la Institución.
- El proceso de selección será declarado sin efecto, si durante el proceso de selección hubiese errores u omisiones que afectan la naturaleza del cargo o proceso (presupuesto, estructura, funciones, entre otros), por lo que se podrá dejar sin efecto el proceso de selección, lo cual debe ser formalizado a través de Resolución fundada.
- Ante cualquier con