7 CARGOS MÉDICOS ESPECIALISTAS LEY 19.664

hace 2 semanas


Talca, Chile Hospital Dipreca A tiempo completo

Horario de atención: Lunes a Viernes de 09:00 a 19:00 horas. 7 Cargos Médicos Especialistas Ley 19.664 (44 y 22 horas) Nº de Vacantes Área de Trabajo Región Región del Maule Ciudad Tipo de Vacante Postulaciones a esta convocatoria Copia Cédula de Identidad Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral CV Formato Libre (Propio) Simbología: Tengo el documento requerido No tengo el documento requerido Subdirección Médica Considerar que el monto bruto publicado se basa en la remuneración estándar de un médico especialista 44 horas. Si el profesional funcionario posea planta superior, antigüedady/o subespecialidad, este monto podrá variar. ESPECIALIDAD UNIDAD/SERVICIO 44 HORAS 33 HORAS 22 HORAS 11 HORAS Tipo de contrato Suma de horas según requerimiento Objetivo del cargo Entregar prestaciones en el ámbito de su especialidad o subespecialidad a los usuarios/as. Funciones del Cargo Ejecutar las prestaciones asociadas a su especialidad/subespecialidad de acuerdo a las definiciones, protocolos y normas establecidas por el establecimiento y/o ministerio. Monitorear en forma periódica y sistemática el estado de los pacientes, de acuerdo a los protocolos y normas establecidas. Apoyar a jefatura de servicio o unidad, en los aspectos clínicos y/o administrativos necesarios para asegurar un adecuado funcionamiento. Informar y explicar a pacientes y/o familiares, acerca de aspectos relevantes asociados a la situación de salud del usuario/a. Mantener un adecuado registro de las prestaciones realizadas de acuerdo a los protocolos y normas establecidas. Perfil de la Función Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes. Formación Educacional Título Profesional de Médico Cirujano otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente. Certificado aprobación de EUNACOM según lo establecido en la Ley N°20.621. Certificado valido de especialidad o subespecialidad de acuerdo con legislación vigente. Registro Superintendencia de salud de Título de médico y Subespecialidad. Experiencia sector público / sector privado Deseable: acreditar una experiencia como profesional médico, mayor a 3 años en área Hospitalaria. Competencias Trabajo en Equipo: Intención genérica por trabajo cooperativo con otros, de trabajar juntos y desarrollar colaboración, como opuesto a trabajar separada o competitivamente. Orientación de servicio a las personas: Deseo de ayudar o servir a otros, en función de averiguar sus necesidades e intentar satisfacerlas. Ser proactivo en las relaciones con los usuarios internos y externos, escuchándolos y entendiéndolos para proporcionar soluciones a sus necesidades. Dinamismo y energía: Se trata de la habilidad para trabajar duro en situaciones cambiantes o alternativas, con interlocutores diversos, que cambian en cortos espacios de tiempo, en jornadas de trabajo prolongadas, sin que se vea afectado su nivel de actividad. Habilidades interpersonales y de comunicación: Se comunica y escucha activamente. Mantiene informado a los demás sobre cuestiones importantes que lo afecten, actuando recíprocamente. Además, adopta una postura cordial y receptiva para tratar a las personas difíciles, manteniendo la diplomacia y relaciones recíprocas y cálidas. Comunica efectivamente su posición a los demás para mejorar la toma de decisiones en general. Maneja adecuadamente los canales de comunicación formal e informal. Requisitos Generales Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo: a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia. b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente. c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo. d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace. e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal. f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el , según Ley 20.702). No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado: a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio. b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio. d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive. e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales. f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito. PROCESO DE SELECCIÓN El proceso de selección, será evaluado en tres etapas sucesivas, cada una con los criterios que se indican a continuación: Evaluación Psicolaboral 70% (Puntaje mínimo 70, máximo 100, ponderación 35%) En caso que el postulante no logre alcanzar el puntaje mínimo requerido en cualquiera de las etapas, no podrá seguir avanzando a las siguientes instancias del proceso o ser seleccionado. Evaluación Curricular Los postulantes deberán acreditar los siguientes requisitos. Formación Educacional: Título Profesional de Médico Cirujano otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente. Certificado aprobación de EUNACOM según lo establecido en la Ley N°20.621. Certificado valido de especialidad o subespecialidad de acuerdo a legislación vigente. Registro Superintendencia de salud de Título y Subespecialidad. Se bonificará con 30 puntos a aquellas personas que además de cumplir con los requisitos solicitados, acrediten una experiencia como profesional médico, mayor a 3 años en área Hospitalaria. Experiencia Laboral La experiencia laboral debe ser acreditada a través de contratos o finiquitos de trabajo, cartas o certificados del empleador actual o anterior, con las firmas y timbres correspondientes y donde se detallen las fechas en que cumplió funciones y el servicio. Evaluación Psicolaboral En esta etapa se realiza evaluación de los postulantes sobre la base de requisitos definidos por el perfil cargo. Dicha evaluación es realizada por un psicólogo y puede incluir la aplicación de instrumentos de evaluación y/o entrevistas individuales y/o grupales. Entrevistas Final Para que el postulante sea considerado como candidato idóneo al cargo, deberá obtener como mínimo 40 puntos en esta entrevista. Consideraciones Generales El filtro curricular, será realizado por el Subdepto. de Reclutamiento y selección, y revisado por la Comisión de selección, la cual podrá entregar sus observaciones o comentarios. La comisión evaluadora estará presidida por la jefatura directa del cargo que se está llamando, y en caso de producirse un empate será él quien dirimirá. La comisión evaluadora podrá funcionar siempre que concurran a lo menos el 75% de sus integrantes con derecho a voto, sin incluir ministro de fe, quien siempre lo integrará. La comisión no podrá ser integrada por personas que tengan calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, respecto de uno o más candidatos. Se dejará constancia de los acuerdos de la comisión, los que serán tomados por simple mayoría. Los empates los dirimirá el presidente de la Comisión. La comisión evaluadora podrá solicitar las opiniones técnicas que estimen necesarias a las personas o entidades que tengan competencias en la materia consultada. Podrá además solicitar referencias laborales, a todas las organizaciones en las que el postulante señale haber trabajado, a fin de corroborar antecedentes. La comisión evaluadora podrá solicitar antecedentes en la etapa de Filtro curricular, en caso de ser necesario, a personas que pudiesen cumplir con el perfil del cargo y con los requisitos señalados, y que no hayan adjuntado toda la documentación requerida. La comisión evaluadora, deberá levantar un Acta con la nómina de los postulantes con sus respectivos puntajes, y cualquier situación relevante relativa al proceso, así como los acuerdos tomados durante la revisión de los antecedentes presentados, cuya confección es de responsabilidad del ministro de fe. La Comisión de selección podrá solicitar antecedentes a todos aquellos postulantes que pasan a revisión de admisibilidad y que eventualmente cumplen con los requisitos solicitados en las bases, pero que no adjuntaron toda la documentación requerida o es poco clara, para que puedan complementar la información, pudiendo aspirar al puntaje mínimo de la etapa curricular; lo anterior se dará sólo cuando haya 5 o menos postulantes por cargo vacante, que avancen a la etapa psicolaboral. Aquellos postulantes que se encuentran con licencia médica durante el proceso de selección (a excepción licencia relacionada con embarazo), deben tener en consideración que pueden estar incurriendo en una falta administrativa. La Comisión de selección, podría reagendar la entrevista de algún candidato, en caso de ser necesario y en casos excepcionales. En caso que se genere una vacante que utilice un perfil igual o similar, se podrá utilizar el actual proceso para cubrirla. CIERRE DEL PROCESO La propuesta de contratación estará definida por la suma de los puntajes ponderados obtenidos por el postulante en cada una de las etapas del proceso. El puntaje mínimo para que los candidatos sean considerados en la propuesta de contratación es de 70 puntos ponderado en las etapas del proceso, debiendo los postulantes, cumplir con el puntaje mínimo de cada una de las etapas. El acta del proceso será enviada al director del Establecimiento, quien tomará la decisión de contratación, pudiendo declarar el proceso desierto en virtud de los antecedentes presentados, aun cuando los postulantes hayan alcanzado el puntaje mínimo establecido o seleccionar a cualquiera de los postulantes propuestos en el acta, independiente el orden de prioridad. Asimismo , podrá citar a entrevista cualquiera de los postulantes propuestos por la comisión. De no existir postulantes que cumplan el mínimo puntaje requerido, el proceso o en las etapas de este, será declarado desierto. Todos los acuerdos y evaluaciones realizadas por la comisión de selección serán consignados en el Acta del proceso, la cual deberá ser firmada por los integrantes de esta. NOTIFICACIONES Una vez recepcionada la resolución del proceso, de parte del director del Establecimiento, se procederá a las notificaciones de cierre. El/los postulantes/s seleccionado, serán notificado/s por vía telefónica y por correo electrónico, a fin de indicarle las condiciones de contratación y acordar fecha de inicio de funciones. Aquellos que participaron de las entrevistas de comisión, y no fueron seleccionados, recibirán un correo de deferencia informando de su no aceptación en el cargo y agradeciendo su disponibilidad e interés para participar de este proceso de selección. La actualización de los resultados del proceso se realizará en portal . Las fechas de este cronograma, pueden ser modificadas, de acuerdo a requerimientos del Establecimiento, pudiendo extender o acotar plazos de algunas de las etapas, o modificar fechas previstas. Documentos Requeridos para Postular Copia Cédula de Identidad Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral CV Formato Libre (Propio) Calendarización del Proceso Postulación: Difusión y Plazo de Postulación en 09/12/ /12/2025 Proceso de Evaluación y Selección del Postulante: 23/12/ /12/2025 Finalización del Proceso: 30/12/ /01/2026 El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 22/12/2025 Correo de Contacto: Condiciones Generales Las personas interesadas en postular deberán hacerlo únicamente a través del Portal de Empleos Públicos, para lo cual deberán registrarse previamente como usuarios de éste y completar el Curriculum Vitae del Portal (en el menú MI CV, en VER CV) y adjuntar los documentos solicitados en Documentos Requeridos para postular. Dichos documentos deben ser adjuntados/actualizados para poder postular: Título Profesional de Médico Cirujano otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente. Certificado aprobación de EUNACOM según lo establecido en la Ley N°20.621. Certificado valido de especialidad o subespecialidad de acuerdo con legislación vigente. Registro Superintendencia de salud de Título de médico y Subespecialidad. CV formato libre(Propio) Los documentos antes señalados se deben ingresar en el mismo Portal de Empleos Públicos, en la opción “Adjuntar Archivos”, donde deberá adjuntar cada uno de los documentos que se exige sean presentados al momento de formalizar su postulación al cargo, con lo cual, quedarán un ticket. Si el postulante no adjunta los documentos requeridos, el sistema no le habilitará la opción de postular, quedando imposibilitado de aplicar a la convocatoria. A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personas interesadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados. Los/as postulantes son responsables de la completitud y veracidad de las información que presentan. Las/os postulantes que no adjunten y/o envíen los antecedentes requeridos quedarán fuera del proceso. El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiéndose por éstos aquellos/as candidatos/as que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos. Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos/as los/as postulantes que se presenten en este proceso de selección. No se recibirán postulaciones mediante otra vía que no sea el Portal de Empleos Públicos (correo electrónico, Oficina de Partes, etc.) Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad. En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario. #J-18808-Ljbffr



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