Supervisor(a) Técnico Pedagógico(a), Departamento Provincial de Educación de Huasco, SEREMI Atacama
hace 2 semanas
Institución
Ministerio de Educación / Subsecretaría de Educación /
Convocatoria
Supervisor(a) Técnico Pedagógico(a), Departamento Provincial de Educación de Huasco, SEREMI Atacama
Nº de Vacantes
1
Área de Trabajo
Educación /Docencia /Capacitación
Región
Región de Atacama
Ciudad
Vallenar
Tipo de Vacante
Contrata
Postulaciones a esta convocatoria
0
¿Qué documentos necesito para postular?
Copia Cédula de Identidad
Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- CV Formato Libre (Propio)
Simbología:
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Postular a la Convocatoria
- Renta Bruta
Condiciones
1. Estamento y Grado
Estamento Profesional Grado 14° E.U.R.
Dejase establecido que la persona seleccionada será nombrada en un empleo a contrata, que dura como máximo, hasta el 31 de diciembre de cada año y las personas que los sirvan expiran en sus funciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórroga con, a lo menos, treinta días de anticipación.
2. Detalle Renta Bruta
RENTA BRUTA CON 25% ASIGNACIÓN DE ZONA
MESES CON MODERNIZACIÓN
MAR- JUN- SEP - DIC
RENTA BRUTA CON 25% ASIGNACIÓN DE ZONA
MESES SIN MODERNIZACIÓN
ENE-FEB-ABR-MAY-JUL-AGO-OCT-NOV
RENTA BRUTA CON 25% ASIGNACIÓN DE ZONA
RENTA BRUTA PROMEDIO MENSUAL
$
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Los montos indicados en la tabla precedente incluyen un 25% de asignación de zona correspondiente al Departamento Provincial de Educación de Huasco, porcentaje que fue adicionado a la remuneración bruta del estamento profesional grado 14°.
Los montos indicados son estimativos, los que corresponden a una aproximación que puede variar levemente de acuerdo a las características de cada caso.
3. Otras condiciones
Jornada Completa (44 horas semanales, presenciales).
4. Disponibilidad
Estimativamente el 02/03/2026
5. Unidad Matriz y Unidad de Desempeño
Secretaría Regional Ministerial de Educación Atacama - Departamento Provincial de Educación Huasco
6. Jefatura Directa del cargo
Jefatura Técnico Pedagógico de Supervisión
7. Clientes internos y externos
Encargados y Profesionales de la Coordinación de Apoyo a la Mejora Educativa del Nivel Central - Interno
Encargados, Encargadas y Profesionales Departamento de Educación Regional - Interno
Jefatura Técnico Pedagógico de Supervisión Provincial - Interno
Jefatura de Administración Provincial - Interno
Encargado/a Provincial Pago de Subvenciones - Interno
Equipos de gestión de Establecimientos Educacionales Subvencionados - Externo
Docente y asistentes de la educación - Externo
Sostenedor - Externo
Profesionales de la Agencia de la Calidad - Externo
Profesional de la Superintendencia de Educación - Externo
Servicio Local de Educación - Externo
8. Disponibilidad para viajar y/o trabajo en terreno
Si, Debido a la naturaleza de las funciones.
Objetivo del cargo
Brindar apoyo y acompañamiento técnico pedagógico, a los establecimientos municipales y/o particulares subvencionados de jurisdicción del Departamento Provincial de Educación, conforme a las políticas de Ministerio y del Sistema de Aseguramiento de la Calidad, a través de un trabajo colaborativo entre pares del equipo de supervisión, con el fin de impulsar o asegurar el desarrollo y/o fortalecimiento de capacidades de los equipos directivos para alcanzar una gestión pedagógica e institucional orientada al mejoramiento de los resultados de aprendizaje.
Funciones del Cargo
Apoyar la implementación de políticas educativas, planes y programas del Ministerio de Educación para los niveles educacionales parvularia, básica, media y adultos, definidos a nivel central, regional y provincial.
- Apoyar y acompañar a los equipos directivos de los establecimientos educacionales en el desarrollo y fortalecimiento de capacidades de gestión pedagógica e institucional basada en datos, para la mejora sistemática de los aprendizajes en el marco del Sistema de Aseguramiento de la Calidad (ley
- Apoyar y acompañar a los equipos directivos en la elaboración e implementación del Plan de Mejoramiento Educativo (PME).
- Apoyar a los equipos directivos en el fomento y difusión de los programas de Desarrollo Profesional Docente (DPD) y la Asignación de Desempeño Colectivo (ADECO).
Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
Debido a la naturaleza y funciones del cargo, será deseable contar con Título Profesional de Profesor/a, Educador/a de Párvulos, o Educador/a Diferencial.
Especialización y/o Capacitación
Debido a la naturaleza y funciones del cargo, será deseable contar con:
Postgrados (Doctorado, Magíster o Licenciatura), Postítulos y/o Diplomados del área: Gerencia y Gestión Pública, Políticas Educativas, Educación, Gestión y Supervisión Educacional, Currículum, Evaluación de Aprendizajes, Didáctica, Procesos de Enseñanza y Aprendizaje, Asesoría, Evaluación Institucional, Orientación, Comunidad Educativa, Diseño y Evaluación de Proyectos, Psicología Educacional, Intervención Psicosocial, Educación Especial, Sistemas de Información, Computación e Informática, y/o áreas afines.
Capacitación en el área de: Políticas Educativas, Educación, Gestión y Supervisión Educacional, Currículum, Evaluación de Aprendizajes, Didáctica, Procesos de Enseñanza y Aprendizaje, Evaluación Institucional, Diseño y Evaluación de Proyectos, Psicología Educacional, Intervención Psicosocial, Educación Especial y otros afines en los últimos 5 años.
Experiencia sector público / sector privado
Debido a la naturaleza y funciones del cargo, será deseable alternativamente lo siguiente:
Al menos un (01) año de experiencia laboral desempeñando funciones relacionadas con acompañamiento y apoyo a establecimientos educacionales y/o microcentros rurales, asesoría en el ámbito educativo en los últimos 10 años.
- Al menos un (01) año de docencia en establecimientos educacionales, o participación en equipos de directivos de establecimientos educacionales en los últimos 10 años.
- Al menos un (01) año de experiencia laboral en el sector público, desempeñando cargos de gestión en el ámbito educativo, gestión educativa en los últimos 10 años.
Competencias
Competencias Específicas
Características, conductas, capacidades y/o habilidades que deben poseer las personas debido a las exigencias propias de las funciones de su cargo/cupo y el contexto en que se desarrolla su trabajo.
NOMBRE COMPETENCIA
DEFINICIÓN
1. CAPACIDAD DE GESTIÓN
Habilidad para lograr los objetivos y metas establecidas, con la calidad y eficacia requeridas.
2. SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO
Habilidad para integrar, coordinar, y monitorear las diversas acciones involucradas en un proceso o trabajo. Implica la capacidad para realizar seguimiento al cumplimiento de las tareas delegadas y propias, generando acciones correctivas en virtud de la adecuación a objetivos y estándares establecidos.
3. ORIENTACIÓN A LA CALIDAD
Garantiza y promueve acciones tendientes a mantener altos estándares de calidad en la ejecución de su trabajo, cautelando el cumplimiento de los que se han definido institucionalmente
4. DESARROLLO DE ALIANZAS
Identifica y establece alianzas con agentes externos que provean las soluciones o la colaboración requerida
5. ORIENTACIÓN AL USUARIO/A
Capacidad de identificar necesidades y satisfacer requerimientos de los usuarios internos y externos, con criterio de eficiencia y eficacia.
- Contexto del cargo
De acuerdo al Artículo 23º de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, la Secretaría Regional Ministerial es el órgano desconcentrado de cada Ministerio existente en cada una de las Regiones del país. Conforme a ello, y según lo estipula el Artículo 14º de la Ley Nº que reestructura el Ministerio de Educación, éste se desconcentrará funcional y territorialmente en Secretarías Regionales Ministeriales.
En este sentido, la estructura general definida por el Ministerio de Educación para las Secretarías Regionales Ministeriales se compone por las siguientes áreas o unidades funcionales:
- Gabinete Regional.
- Área Jurídica Regional.
- Área Auditoría Interna Regional.
- Área Comunicaciones Regional.
- Área Atención Ciudadana Regional.
- Área Reconocimiento Oficial Regional.
- Unidad Pago de Subvenciones Regional.
- Departamento de Administración Regional.
- Departamento de Educación Regional.
- Departamento de Planificación Regional.
- Departamentos Provinciales de Educación.
El Departamento Provincial de Educación, es el encargado de dar cumplimiento a los objetivos, políticas educacionales y su correcta adecuación a las necesidades e intereses regionales desde el Nivel Provincial, a través de la supervisión técnico pedagógica e inspección administrativa y financiera de los establecimientos educacionales municipales y particulares subvencionados de su jurisdicción.
El/la Jefe/a Departamento Provincial de Educación corresponde a un cargo Directivo de Exclusiva Confianza, de alta responsabilidad que posee dependencia jerárquica-administrativa y técnica-funcional de el/la Secretario/a Regional Ministerial de Educación, quien es la Autoridad máxima en cada Secretaría Regional Ministerial de Educación.
La estructura de los Departamentos Provinciales de Educación se compone por las siguientes unidades funcionales:
- Unidad Supervisión Técnico Pedagógica.
- Unidad Administración Provincial:
- Área Atención Ciudadana Provincial.
- Oficina de Partes y Archivos Provincial.
- Unidad Pago de Subvenciones Provincial.
Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el , según Ley
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
- Requisitos Específicos
De acuerdo al DFL N° 2/2016 del Ministerio de Educación para dicho grado y estamento, se requiere:
Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente.
A este respecto, de acuerdo con la jurisprudencia emanada por la Contraloría General de la República, la experiencia profesional será contabilizada desde la fecha de titulación que indique el respectivo Título Profesional, acompañando además del referido certificado que acredite expresamente dicha experiencia ejerciendo funciones profesionales.
Lo anterior, de conformidad con el criterio establecido por el Órgano Fiscalizador, que se encuentra contenido en el dictamen N° 27.067, de 2018, de la Contraloría General de la República en donde se expresa que: "En efecto, la indicada experiencia profesional no puede ser acreditada con la mera posesión de un título profesional, pues se requiere comprobar el ejercicio efectivo de la profesión en cuestión. Para mayor abundamiento, tampoco puede comprobarse el desempeño de la respectiva carrera con un certificado de cotizaciones, si hubiese sido acompañado, toda vez que ese documento solamente atestigua el abono de imposiciones para efectos previsionales, lo que, incluso, se puede efectuar de manera voluntaria."
En este sentido es dable señalar que los certificados de institutos de previsión en que el interesado haya efectuado imposiciones no podrán ser considerados como válidos para estos efectos, toda vez que el Órgano Contralor las utiliza exclusivamente en casos que requiera contrastar información contenida en los respectivos certificados de experiencia profesional.
Cabe destacar que será responsabilidad del propio postulante adjuntar el o los certificados que acrediten la experiencia profesional. Aquellos postulantes que no adjunten los antecedentes requeridos para contabilizar los años de experiencia profesional no continuarán en las siguientes etapas del certamen.
Etapas de Selección
El proceso de selección se desarrollará a través de las siguientes etapas:
ETAPA
DESCRIPCIÓN
I. Evaluación de Requisitos
Revisión de los requisitos establecidos en el DFL N°2/2016 del Ministerio de Educación para el grado y estamento solicitados.
II. Prueba Técnica
En esta etapa se evalúa el factor "Conocimientos Técnicos" a través de la aplicación de una Prueba Técnica que mide el nivel de conocimiento requerido para el desempeño del cargo.
Se evalúa a las personas que aprobaron la etapa anterior de "Evaluación de Requisitos"
Se llevará a efecto en modalidad online a través de una plataforma que será informada oportunamente y/o de forma presencial en dependencias del Departamento Provincial de Huasco.
En la eventualidad que la aplicación sea presencial, el costo asociado al traslado para participar es de responsabilidad del/la postulante.
III. Evaluación Curricular
Revisión, selección y evaluación de los currículos de los/las postulantes considerando la Formación Educacional, Logros Profesionales, Experiencia Laboral y Especialización y/o Perfeccionamiento realizado.
Es preciso señalar que esta etapa se realiza utilizando como insumo los certificados que presentan los y las postulantes, tanto para experiencia como para formación. Es condición imprescindible para asignar puntuación en la evaluación curricular, haber presentado la certificación correspondiente, esto para todas las personas que postulen a este proceso.
Se evaluará en esta etapa a quienes hayan rendido la etapa de "Prueba Técnica"
VI. Evaluación Laboral
En esta etapa se analiza el factor "Adecuación laboral al cargo", a través de la aplicación de una Evaluación Laboral.
Esta evaluación sólo se realizará a los/las postulantes que hayan aprobado las etapas previas.
Se llevará a efecto en modalidad online a través de una plataforma que será informada oportunamente o de forma presencial en dependencias del Departamento Provincial de Huasco.
En la eventualidad que la aplicación sea presencial el costo asociado al traslado para participar es de responsabilidad del/la postulante.
V. Entrevista Técnica y Personal
En esta etapa se evalúa el factor "Aptitudes específicas para el desempeño de la función", definido como las habilidades técnicas, personales y competencias específicas de cada participante para desempeñar la función, de acuerdo a lo establecido en el Perfil de ésta.
Esta evaluación sólo se realizará a los/las postulantes que hayan aprobado la etapa de "Evaluación Laboral".
Se llevará a efecto en modalidad online a través de una plataforma que será informada oportunamente o de forma presencial en dependencias del Departamento Provincial de Huasco.
El/la postulante que accede a esta fase deberá presentar o remitir los documentos que acrediten su formación educacional, conocimientos y experiencia laboral, en caso de ser necesario.
Documentos Requeridos para Postular
Copia Cédula de Identidad
Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- CV Formato Libre (Propio)
Preguntas al Postulante
Las respuestas no pueden ser modificadas tras la postulación a esta convocatoria
La información entregada se considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección, por lo que sus respuestas deben ser verídicas, ya que la institución responsable de la convocatoria, se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada.
Mensaje de advertencia
Recuerde iniciar sesión de usuario para ver formulario de preguntas al postulante.
Iniciar Sesión
Calendarización del Proceso
Etapa
Fechas
Postulación
Difusión y Plazo de Postulación en
15/12/2025-19/12/2025
Evaluación
Proceso de Evaluación y Selección del Postulante
22/12/2025-20/02/2026
Finalización
Finalización del Proceso
23/02/2026-23/02/2026
El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 19/12/2025
Correo de Contacto:
Condiciones Generales
a) Las personas interesadas en postular deberán hacerlo únicamente a través del Portal de Empleos Públicos, para lo cual deberán registrarse previamente como usuarios de éste y completar el Currículum Vitae del Portal (en el menú MI CV, en VER CV) y adjuntar los documentos solicitados en Documentos Requeridos para postular. Dichos documentos deben ser adjuntados/actualizados para poder postular.
b) Para valorar su postulación se consideran sólo los datos registrados en su currículum electrónico (Currículum Vitae del Portal, en el menú MI CV, en VER CV), siendo esta última información obligatoria.
c) Los documentos antes señalados se deben ingresar en el mismo Portal de Empleos Públicos, en la opción "Adjuntar Archivos", donde deberá adjuntar cada uno de los documentos que se exige sean presentados al momento de formalizar su postulación al cargo, con lo cual, quedarán con un ticket. Si el/la postulante no adjunta los documentos requeridos, el sistema no le habilitará la opción de postular, quedando imposibilitado de aplicar a la convocatoria.
d) Respecto a los certificados de experiencia laboral, es preciso indicar que para que sean considerados válidos, estos documentos deben ser emitidos por la Jefatura Directa, Jefatura de Administración o Jefatura de Gestión y Desarrollo de Personas, deben contar con fecha de inicio y término, labores desempeñadas, firma y timbre de quien certifica la experiencia.
e) Es de interés de la Subsecretaría de Educación cumplir a cabalidad con lo señalado en el Decreto N° 65 que aprueba el Reglamento del artículo 45° de la Ley N° 20.422, el cual establece normas tendientes a la igualdad de oportunidades en las condiciones de acceso al empleo público e inclusión social de personas con discapacidad, conforme a los lineamientos institucionales existentes.
f) En virtud de lo anterior, los y las postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su ficha de registro (del Portal de Empleos Públicos), para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos los y las postulantes que se presenten en este proceso de selección.
g) A aquellas personas que declaren poseer alguna discapacidad, les será solicitada la certificación indicada en el artículo 13° de la Ley Nº 20.422, la cual es emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación, para efectos de ser presentada como antecedente en la última instancia presencial indicada en el punto "Criterios de selección" del presente aviso.
h) Asimismo, con el objeto de dar cumplimiento al artículo 8° del mencionado Reglamento, se seleccionará preferentemente, en igualdad de condiciones de mérito, a personas con discapacidad, entendiendo por igualdad de mérito la posición equivalente que ocupen dos o más postulantes como resultado de una evaluación basada en puntaje o bien la valoración objetiva utilizada al efecto.
i) Será de total y única responsabilidad del/la postulante verificar que su postulación sea registrada en el aviso al que efectivamente desea postular, no existiendo opción de modificar o traspasar sus antecedentes a algún otro aviso publicado en mismo o en otro período. Asimismo, los y las postulantes son responsables de la completitud y veracidad de la información que presentan. Quienes no adjunten los antecedentes requeridos ni completen toda la información solicitada en el Currículum Vitae del Portal, quedarán fuera del proceso.
j) A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personas interesadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados.
k) El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiéndose por éstos aquellos candidatos que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos.
l) Los potenciales gastos que pudiese incurrir el/la postulante por concepto de traslado, alojamiento o alimentación, son de su propia responsabilidad.
m) Respecto de los resultados de los y las postulantes que avanzan en cada una de las etapas del proceso, se tomará contacto con éstos a través de los antecedentes entregados en sus respectivas postulaciones.
n) Las dudas o consultas sobre el proceso deben ser dirigidas al correo electrónico No se aceptarán antecedentes curriculares enviados a través de esta casilla. En caso de tener dificultades y/o dudas respecto a la postulación o con la plataforma, deberá dirigirse directamente a la mesa de ayuda del Portal de Empleos Públicos al
ñ) Se recuerda que estas fechas establecidas son de referencia, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades del Ministerio de Educación.
o) En caso de que alguno de los y las postulantes se encuentre desempeñando funciones en otra institución, y resulte seleccionado en este proceso, deberá renunciar a su antiguo empleador para poder desempeñar funciones en esta Subsecretaría.
p) Se deja establecido que los y las postulantes que hayan llegado a la etapa final de Entrevista Técnica y Personal y que hayan sido calificados como postulantes idóneos, es decir hayan aprobado todas las etapas del proceso, serán contemplados en una nómina de candidatos elegibles, de tal forma que la autoridad facultada para hacer el nombramiento pueda considerarlos en las vacantes que se produzcan y que correspondan al mismo perfil de cargo u otro de similares características. Dicha nómina tendrá una vigencia de 12 meses desde la fecha de finalización del proceso.
q) En atención al resguardo de los principios de Probidad y Transparencia en el uso de recursos públicos destinados a Educación, y a la incompatibilidad de los funcionarios de este Servicio con este tipo de vinculaciones contractuales, todo nuevo funcionario de esta Subsecretaría de Educación que pudiese estar vinculado a los servicios de Asesoría Técnica Educativa (ATE), deberá tomar las medidas correspondientes para su desvinculación, a través del envío de una solicitud directa a la ATE, con copia a , indicando en el asunto "SOLICITUD DE ELIMINACIÓN DE REGISTRO ATE".
r) ANTECEDENTES PARA LA CONTRATACIÓN: La/s persona/s que resulte/n seleccionada/s para ocupar el/los cargo/s vacante/s deberá/n presentar los siguientes documentos:
Currículum Vitae actualizado.
Fotocopia de Cédula de Identidad por ambos lados
Certificado de Título Profesional.
Certificado que acrediten el tiempo servido en otros servicios Públicos, para efectos de reconocimiento de bienios y derechos a permisos y feriados.
Certificado histórico de Cotizaciones de la Institución previsional correspondiente, para efectos de feriado progresivo.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N° que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
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