Vigilante Privado Unidad de Crédito Chillán
hace 22 horas
Institución
Ministerio del Trabajo y Previsión Social / Dirección General de Crédito Prendario /
Convocatoria
Vigilante Privado Unidad de Crédito Chillán - Dirección General del Crédito Prendario
Nº de Vacantes
1
Área de Trabajo
Area Soporte/apoyo a la Gestión
Región
Región de Ñuble
Ciudad
Chillán
Tipo de Vacante
Código del Trabajo
Postulaciones a esta convocatoria
0
¿Qué documentos necesito para postular?
Copia Cédula de Identidad
Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Certificado Situación militar al día (*)
- Otros (Curso O.S.10 (OBLIGATORIO Y VIGENTE); Certificado de antecedentes para fines especiales)
- CV Formato Libre (Propio)
Simbología:
Tengo el documento requerido
No tengo el documento requerido
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- Renta Bruta
745.000
Condiciones
La renta bruta mensual calculada para un cargo de Vigilante Privado en calidad jurídica Código del Trabajo durante los meses sin bono es de $ enero, febrero, abril, mayo, julio, agosto, octubre y noviembre). La renta bruta los meses con bonos trimestrales, corresponde a $ marzo, junio, septiembre y diciembre).
Cabe señalar que la renta bruta mensual incluye asignaciones de movilización y colación. Así mismo, los bonos trimestrales incluyen asignaciones que dependerán del cumplimiento de las metas institucionales.
Las rentas informadas, corresponden a un periodo de 30 días trabajados, por lo que estos valores podrían variar en razón a la fecha de ingreso. Los valores publicados corresponden al año 2026.
La persona seleccionada será nombrada en un empleo en calidad Código del Trabajo, por un primer periodo de 3 meses a plazo fijo, el que se renovará según informe de desempeño de su jefatura directa. La jornada laboral es de 44 horas semanales, de lunes a viernes, sujeto a las condiciones del contrato y a las modificaciones normativas que puedan surgir en la materia.
Objetivo del cargo
Asegurar condiciones de protección y seguridad al interior de las Unidades de Crédito, objeto que se hará extensivo tanto a las personas que se encuentran en las dependencias, sea en calidad de funcionarios/as, usuarios o público en general. De igual manera, velar por el adecuado resguardo de sus dependencias, bienes patrimoniales y bienes en prenda de las personas usuarias.
Funciones del Cargo
Durante su servicio, obligatoriamente deberán portar armamento y su credencial de identificación
- Conocer, registrar y firmar diariamente el Libro de Armamento de la Unidad de Crédito donde trabajan.
- Conocer en detalle, cada uno de los sistemas de seguridad con que cuenta la instalación donde presta sus servicios, cámaras, domos, alarmas, sensores de movimiento, de vibración, de calor, de humo, de energía, etc.
- Diariamente antes de proceder al cierre de la Unidad, debe recorrer todas las dependencias, asegurándose que puertas y ventanas queden bien cerradas, equipos de computación y eléctricos en general, debidamente apagados.
- Acompañar al Administrador de la Unidad, en los procedimientos de apertura y cierre de las Unidades.
- En los procedimientos de apertura, previo a que el encargado proceda a abrir las puertas de la Unidad, el Vigilante Privado debe verificar la seguridad del entorno. En el caso de que no estén las condiciones de seguridad óptimas, el Vigilante Privado indicará al encargado que no se realice la apertura y se llamará telefónicamente al Plan cuadrante de Carabineros para asegurar la apertura.
- Dentro de la Unidad donde desempeña sus funciones, deberá ubicarse en una posición estratégica, que le permita controlar cualquier situación sospechosa que pueda afectar la Unidad.
- Adoptar permanentemente el máximo de medidas de seguridad con el arma de fuego en su servicio, especialmente en los procedimientos de carga y descarga del armamento, el cual debe hacerlo en un lugar aislado y sin la presencia de terceros.
- Contar con autorización vigente de contrato de comodato de armas, quedándole estrictamente prohibido portar otras armas que no sean aquellas expresamente autorizadas por la Autoridad Fiscalizadora de Control de Armas de Carabineros de Chile.
Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
Requisitos
Descripción
Formación académica
Licencia de Enseñanza Media.
Aprobación del curso O.S.10., de Carabineros de Chile vigente.
Acreditar capacitación como Vigilante Privado (Obligatorio):
- Curso O.S.10. rendido, aprobado y vigente al menos hasta inicios de 2027.
- De no presentar la documentación requerida, la postulación se declarará "No Admisible".
Otros
Deseable experiencia en lugares de trabajo con atención de público y manejo de valores.
Especialización y/o Capacitación
Obligatorio Curso O.S.10 rendido, aprobado y vigente. Deseable vigencia al menos hasta inicios de 2027.
Experiencia sector público / sector privado
- Deseable experiencia laboral de a lo menos 3 años en funciones de Vigilante Privado.
- Deseable experiencia en lugares de trabajo con atención de público y manejo de valores.
Competencias
Competencias transversales
Nivel Esperado
Trabajo en Equipo
Medio
Proactividad
Alto
Tolerancia en situaciones críticas
Alto
Modernización
Medio
Confidencialidad de la información
Alto
Competencias técnicas
Nivel Esperado
Conocimiento de protocolos de actuación de monitoreo de alarmas.
Alto
Conocimiento de los procedimientos y metodologías preestablecidas en situaciones de emergencia
Alto
Conocimiento de disposiciones legales que rigen las normas de seguridad privada en Chile:
- Decreto Ley N° 3.607 del Ministerio del Interior.
- Decreto Exento N° 1.122, sobre medidas mínimas de seguridad, para las empresas consideradas en el art. tercero del Decreto Ley N° del Ministerio del Interior.
- Decreto Supremo N° 1.773 del Ministerio del Interior.
- Decreto N° 867 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 2017.
- Decreto Exento N° 32, 2024. Ministerio del Interior, que modifica en términos que indica decreto N°261 exento, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad pública, que aprueba manual operativo en materias de seguridad privada y fija su texto actualizado.
- Deseable conocimiento de la Ley N°21.659 sobre seguridad privada y su reglamento (Decreto N° 209 de 2025,| del Ministerio de Seguridad Pablica).
Alto
Manejo de herramientas computacionales (Word, Excel, Correo Electrónico)
Medio
Requisitos Generales
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
- Requisitos Específicos
Lo estipulado en el Decreto Supremo N° 867, de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que dicta Reglamento sobre nuevos estándares para personas, personal y empresas que reciben servicios o realizan actividades de seguridad privada, que dispone en el artículo Quinto del Título I sobre "las personas naturales que prestan servicios en materia de seguridad privada", lo siguiente:
Sin perjuicio de los requisitos que se señalen para el cumplimiento específico de sus funciones y de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto N°1.773, de 1994, del Ministerio del Interior, que aprueba el reglamento del decreto ley N° 3.607, de 1981, todas las personas naturales que presten servicios personales en materia de seguridad privada, deberán cumplir siempre con lo siguiente:
1. Ser mayor de edad.
2. Tener condiciones físicas y psíquicas compatibles con las labores por desempeñar, especialmente en lo relativo al control de impulsos. Mediante certificado emitido por el facultativo correspondiente, se acreditará que los servicios de seguridad prestados por la persona no pondrán en riesgo su integridad física o la de terceros, aun potencialmente.
3. Haber cursado la educación media o su equivalente.
4. No encontrarse actualmente acusado o haber sido condenado por crimen o simple delito.
5. No haber sido sancionado por actos de violencia intrafamiliar de acuerdo con la ley N°20.066.
6. No encontrarse formalizado por alguna de las conductas punibles establecidas en el decreto supremo N° 400, del Ministerio de Defensa, de 1977, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 17.798, sobre control de armas; en la ley N° 20.000, que sustituye la ley N° 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas; en la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad; en la ley N° 19.913, que crea la unidad de análisis financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos; en el decreto supremo N° 890, de 1975, del entonces Ministerio del Interior, que fija texto actualizado y refundido de la ley 12.927, sobre seguridad del Estado; en la ley N° 20.066, que establece ley de violencia intrafamiliar; u otras asociadas al crimen organizado que se encuentren tipificadas en otros cuerpos legales.
7. No haber dejado de pertenecer a las Fuerzas Armadas, a las de Orden y Seguridad o a Gendarmería de Chile, según sea el caso, donde hayan prestado servicios, por sanciones o medidas disciplinarias.
8. No haber ejercido funciones de control o fiscalización de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia, ni de su personal o medios, como miembro de las Fuerzas Armadas o de Orden y Seguridad Pública en los últimos seis meses desde la solicitud de autorización.
9. No haber sido sancionado conforme a la ley N° 19.327, de derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional, y su reglamento.
10. Aprobar los exámenes de los cursos de capacitación que correspondan, según lo exigido por la Autoridad Fiscalizadora en materias de Seguridad Privada correspondiente.
11. Manejar el idioma castellano.
12. En caso de ser extranjero, contar con permanencia definitiva, de conformidad a lo dispuesto en el decreto ley N° 1.094, de 1975, y su reglamento.
Etapas de Selección
Al terminar el periodo de postulaciones, la persona Encargada de Proceso de Selección realizará una evaluación curricular para determinar la admisibilidad de las postulaciones realizadas, en relación con el cumplimiento de los requisitos de postulación.
Para formalizar la postulación, los(as) interesados(as), deberán realizarlo a través del portal de empleos públicos ), para lo cual los postulantes deberán estar registrados en el portal, verificar que sus antecedentes se encuentren actualizados en el mismo e incorporar a través del sistema los documentos señalados en el aviso, todos esto antes de confirmar su postulación. No se aceptará documentación fuera de plazo, ni por otros medios que no sean Empleos Públicos.
Etapa
Descripción
Subfactor
Puntaje máximo
Puntaje mínimo
Etapa 1: Evaluación Curricular
En esta etapa se evalúa la formación educacional, capacitaciones y cursos de especialización.
Curso Vigente O.S.10 hasta 2027
20
30
20
Curso Vigente O.S.10 hasta agosto de 2026
15
Curso/Capacitaciones que acrediten conocimiento de disposiciones legales que rigen las normas de seguridad privada en Chile
10
No cuenta con Curso/Capacitaciones que acrediten conocimiento de disposiciones legales que rigen las normas de seguridad privada en Chile
05
Etapa 2: Evaluación Experiencia Laboral
Se evalúa experiencia laboral de la persona postulante
Experiencia profesional de 3 o más años desempeñando funciones similares en la Administración del Estado y/o sector privado
20
20
10
Experiencia profesional menor a 3 años y mayor a 1 año desempeñando funciones similares en la Administración del Estado y/o sector privado
10
Experiencia profesional de 1 año o menos desempeñando funciones similares en la Administración del Estado y/o sector privado
5
Etapa 3: Evaluación Psicolaboral
Se realizan evaluaciones psicolaborales que determinan el ajuste al cargo para las personas postulantes con mayores puntajes en las etapas anteriores.
Recomendable
20
20
15
Recomendable con observaciones
15
No recomendable
00
Etapa 4: Evaluación Final
Se realiza una Entrevista de Apreciación realizada por la Comisión de Selección definida para el proceso.
Entrevista personal de Apreciación Global determina que la persona candidata presenta habilidades y aptitudes SOBRESALIENTES para el cargo.
30
30
20
Entrevista personal de Apreciación Global determina que la persona candidata presenta habilidades y aptitudes ADECUADAS para el cargo.
20
Entrevista personal de Apreciación Global determina que la persona candidata presente habilidades y aptitudes MÍNIMAS para el cargo.
10
Entrevista personal de Apreciación Global determina que la persona candidata no presenta habilidades y aptitudes para el cargo.
0
Modalidad de Evaluación
La evaluación se llevará a cabo en forma sucesiva, por lo que la puntuación mínima por etapa determinará el paso a las etapas superiores.
El proceso sólo podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, es decir, cuando los/as postulantes no alcancen el puntaje mínimo definido en las bases.
Puntaje de candidato/a seleccionado/a idóneo/a para el cargo
Para ser considerado postulante idóneo el/la candidato/a deberá reunir un puntaje igual o superior a 70 puntos. El/la postulante que no reúna dicho puntaje no podrá continuar en el proceso de selección, aun cuando subsista la vacante.
Selección Final
La Comisión de Selección confeccionará una nómina de postulantes con aquellos que aprobaron las cuatro etapas anteriores, ordenados en forma decreciente según su puntaje final, obtenido de la suma de los puntajes de las etapas análisis curricular, evaluación psicolaboral y entrevista de apreciación global.
Para efectos de dirimir los empates en el puntaje final, se aplicará el siguiente orden de prelación:
- Postulante que hubiere obtenido el mayor puntaje en la etapa entrevista de apreciación global;
- Postulante que hubiere obtenido el mayor puntaje en la etapa evaluación Curricular y
- Postulante que hubiere obtenido el mayor puntaje en la etapa evaluación psicolaboral.
- De persistir el empate decidirá el Director General.
Como resultado del proceso de selección, la persona Encargada de Reclutamiento y Selección de la institución, confeccionará un Acta con la recopilación de todas las etapas, integrando la nómina entregada por la Comisión de Selección. La autoridad máxima de DICREP, es decir, el Director General, decidirá aprobar o rechazar la propuesta dada por la Comisión de Selección.
Documentos Requeridos para Postular
Copia Cédula de Identidad
Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Certificado Situación militar al día (*)
- Otros (Curso O.S.10 (OBLIGATORIO Y VIGENTE); Certificado de antecedentes para fines especiales)
- CV Formato Libre (Propio)
Declaraciones Juradas
Declaración jurada que acredite que el/la postulante no se encuentra afecto a las inhabilidades (Honorarios y Código del Trabajo)
DECLARACIÓN JURADA DE INHABILIDADES ART. 54. LEY 18.575
Yo, , Cédula de Identidad N° , declaro bajo juramento, lo siguiente:
1.- No estar afecto o afecta a las inhabilidades administrativas señaladas en el artículo 54 del DFL N°1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, a saber:
1.1- Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio al cual postulo.
1.2- Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos/as, adoptados/as o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
1.3- Ser director/a, administrador/a, representante o socio/a titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
1.4- Ser cónyuge, hijo/a, adoptado/a o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los directivos y directivas del Servicio hasta el nivel de Jefatura de Departamento o su equivalente inclusive.
Fecha:
Suscribo la presente declaración jurada simple, en mi calidad de postulante en el contexto de los procesos de concurso o selección efectuados por intermedio de la plataforma del Portal de Empleos Públicos del Servicio Civil – a los cuales se accede mediante ClaveÚnica o personal, por lo que su validez o equivalencia es plenamente vigente acorde a la ley N° Ley 19799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Preguntas al Postulante
Las respuestas no pueden ser modificadas tras la postulación a esta convocatoria
La información entregada se considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección, por lo que sus respuestas deben ser verídicas, ya que la institución responsable de la convocatoria, se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada.
Mensaje de advertencia
Recuerde iniciar sesión de usuario para ver formulario de preguntas al postulante.
Iniciar Sesión
Calendarización del Proceso
Etapa
Fechas
Postulación
Difusión y Plazo de Postulación en
06/01/2026-13/01/2026
Evaluación
Proceso de Evaluación y Selección del Postulante
14/01/2026-20/01/2026
Finalización
Finalización del Proceso
22/01/2026-26/01/2026
El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 13/01/2026
Correo de Contacto:
Condiciones Generales
Las personas interesadas en postular deberán hacerlo exclusivamente a través del Portal de Empleos Públicos, para lo cual deberán registrarse previamente como usuarios de éste, completar el Curriculum Vitae del Portal (en el menú MI CV, en ver CV) y adjuntar los documentos solicitados en Documentos Requeridos para postular. No se recepcionará ningún tipo de documentación por correo electrónico.
Se tomarán como válidos sólo los formatos ubicados en Anexos de la plataforma de Empleos Públicos, según lo establecido en "Documentos Requeridos para Postular". No se considerarán en el proceso, las postulaciones que presenten la documentación requerida incompleta o no actualizada a la fecha de publicación de esta convocatoria.
A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personas interesadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados.
Los/as postulantes son responsables de la completitud y veracidad de la información que presentan.
Los/as postulantes que no adjunten los antecedentes o no actualicen su CV en la página web de empleos públicos requeridos quedarán fuera del proceso.
Una vez finalizado el plazo para la postulación, no serán admisibles antecedentes adicionales, a menos que el Comité de Selección así lo requiera para aclarar los ya presentados.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos/as los/as postulantes que se presenten en este proceso de selección.
En el caso de tener dificultades y/o dudas respecto a la postulación o con la plataforma, deberá dirigirse directamente a la mesa de ayuda del portal de empleos públicos al
Realizada la notificación, cada postulante seleccionado/a deberá manifestar su aceptación del cargo ante la DICREP, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde la fecha de notificación. Si así no lo hiciere, el Director General del Servicio nombrará a alguno de los otros postulantes propuestos. En caso de presentarse un rechazo al cargo, se podrá activar, mediante confirmación de la contraparte requirente, la notificación de quién vendría en orden de prelación del puntaje final obtenido en el proceso de selección, según listado de postulantes idóneos.
El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiéndose por éstos aquellos/as candidatos/as que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el Servicio Público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N° que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
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